Esencialmente los tipos que se analizan aquí se refieren a figuras delictivas en las que se crea una situación de peligro para la integridad física de las personas, y se prevén resultados dañosos más graves, que son tenidos como agravantes del tipo básico.Resulta claro que lo que la ley penal y el legislador a través de ella quisieron tutelar es tanto la integridad física como psíquica de los sujetos pasivos del delito.El caso de la omisión de auxilio se funda en ser, en ciertas circunstancias, un derecho exigible: el de la mutua asistencia o ayuda que se dan los hombres en su convivencia social.El apéndice jurisprudencial resulta de interés para ver cómo se han resuelto casos concretos traídos al examen judicial.